¿Quiere vender o alquilar un edificio, vivienda o local?

A partir del 1 de Junio de 2013, todos los edificios existentes, viviendas o locales, deberán contar un certificado de eficiencia energética.

De acuerdo con el Real Decreto que regula la certificación energética de edificios existentes, los inmuebles existentes, viviendas unifamiliares, pisos o locales, que se vendan o se alquilen a un nuevo arrendatario o comprador, y los edificios ocupados por una autoridad pública de mas de 250 m2, frecuentados por público, deberán estar en posesión de un certificado de eficiencia energética.

El certificado energético se debe incorporar a toda oferta, promoción o publicidad, dirigida a la venta o arrendamiento del inmueble. La obligación de poseer dicho certificado, le corresponde al propietario del inmueble.


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